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LEY471912191210 script var date = new Date(19/10/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVIII. N. 14734. 4, NOVIEMBRE, 1912. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se manda publicar una obraVigencia en EstudiofalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseCulturafalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false04/11/191204/11/1912147349211

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVIII. N. 14734. 4, NOVIEMBRE, 1912. PÁG. 1.

LEY 47 DE 1912

(octubre 19)

por la cual se manda publicar una obra

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. El Poder Ejecutivo hará publicar en la Imprenta Nacional el catalogo e índices de la Sección de la Biblioteca Nacional conocida con el nombre de Biblioteca Pineda. 

  


Artículo 2°. La partida necesaria para dicha publicación se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia. 

  

Dada en Bogotá a quince de octubre de mil novecientos doce. 

  

El Presidente del Senado, 

  

LUIS A. MESA. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

J. M. PASOS. 

  

El Secretario del Senado, 

  

Bernardo Escovar. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

José de la Vega. 

  

Poder Ejecutivo.- Bogotá, octubre 19 de 1912. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

CARLOS E. RESTREPO. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

PEDRO M. CARREÑO