LEY461948194811 script var date = new Date(19/11/1948); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26886. 4, DICIEMBRE, 1948. PÁG. 4.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se honra la memoria del doctor Miguel Abadía MéndezVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseLeyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse04/12/194804/12/1948268866764

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26886. 4, DICIEMBRE, 1948. PÁG. 4.

LEY 46 DE 1948

(noviembre 19)

Por la cual se honra la memoria del doctor Miguel Abadía Méndez

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1.° La República honra al doctor Miguel Abadía Méndez, ex-Presidente de Colombia, y exalta su memoria como alto ejemplo de acatamiento a las instituciones democráticas. 

  


ARTICULO 2.° Un retrato al óleo del doctor Abadía Méndez será colocado en la Galería de los Presidentes del Palacio Presidencial. 

  


ARTICULO 3.° En la Facultad de Derecho de la Ciudad Universitaria, en el patio sur, se erigirá una estatua del doctor Abadía Méndez, y en el pedestal se grabara la siguiente inscripción: 

  

"El Congreso de Colombia de 1948 al doctor Miguel Abadía Méndez, quien como Presidente de la República dio la más noble y severa lección de democracia, resignado el Poder en manos de su adversario político". 

  


ARTICULO 4.° El Gobierno comprará la biblioteca que perteneció al doctor Abadía, y la destinara a la Escuela de Derecho de la Universidad Nacional. 

  


ARTICULO 5.° Las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley, se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia, y en caso de no hacerlo, se autoriza al Gobierno Nacional para que haga los traslados correspondientes. 

  

Dada en Bogotá a nueve de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Presidente de la Cámara de Representantes, GUILLERMO ANGEL ANGEL-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alejandro Vallejo. 

  

República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá noviembre diez y nueve de mil novecientos cuarenta y ocho. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-El Ministro de Obras Públicas, Luis IgnacioANDRADE.