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LEY451911191111 script var date = new Date(18/11/1911); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVII. N. 14451. 22, NOVIEMBRE, 1911. PÁG. 4.CONGRESO DE LA REPUBLICAde créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1911Vigencia en EstudiofalsefalseTrabajofalsePrestaciones socialesfalseLEY ORDINARIANo vigente porque agotó su objetofalse22/11/191122/11/1911144519564

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVII. N. 14451. 22, NOVIEMBRE, 1911. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 45 DE 1911

(noviembre 18)

de créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1911

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Abrense al Poder Ejecutivo, con imputación á los capítulos y artículos que en seguida se expresan, los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de gastos de 1911: 

  

AQUI PDF DIARIO OFICIAL 14451 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 4. 

  

Dada en Bogotá á diez y seis de Noviembre de mil novecientos once. 

  

El Presidente del Senado, 

  

JOSE VICENTE CONCHA 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Carlos Tamayo 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Miguel A. Peñaredonda 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 18 de 1911. 

  

Publíquese y ejecútese 

  

(L. S.) CARLOS E. RESTREPO 

  

El Subsecretario del Tesoro encargado del Despacho, 

  

RICARDO HINESTROSA DAZA