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LEY441875187505 script var date = new Date(25/05/1875); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 3464. 4, JUNIO, 1875. PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAQue hace una cesión al distrito de Santa Ana, en el Estado soberano del TolimaVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Entes territoriales|Organización del estadofalseLEY ORDINARIAfalse04/06/187504/06/1875346429051

DIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 3464. 4, JUNIO, 1875. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 44 DE 1875

(mayo 25)

Que hace una cesión al distrito de Santa Ana, en el Estado soberano del Tolima

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1.° Cédese al distrito de Santa Ana, en el Estado soberano del Tolima, cien hectaras de tierra para su área de población, con tal que no se comprendan en su adjudicación, los socavones de las minas ni otros elementos de las mismas. Tales terrenos se tomaran de los que la República obtuvo a virtud de la rescision del contrato con los señores Perey Brandon i Daniel Carlos Cheyne. 

  


Artículo 2.° Queda con estos términos reformado el artículo 5.° de la lei 8.ª de 16 de abril de 1874. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Dada en Bogotá, a veinticuatro de mil ochocientos setenta i cinco. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

B. Correoso

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Manuel Sárria

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Julio E. Pérez

  

El Secretario de la cámara de representantes, 

  

Benjamin Pereira G

  

Bogotá, 25 de mayo de 1875. 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Unión, 

  

(L. S.) S. Pérez. 

  

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, 

  

J. M. Villamizar G.