DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23764. 30, ABRIL, 1864. PÁG. 1.
LEY 41 DE 1938
(abril 22)
por la cual se provee al inmediato cumplimiento de la Ley 23 de 19089, sobre repatriación de los restos del eminente colombiano doctor Santiago Pérez
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1° El Gobierno hará en el presupuesto de la actual vigencia los traslados o abrirá los créditos necesarios para el inmediato cumplimiento de la Ley 23 de 1909, sobre repatriación de los restos del doctor Santiago Pérez, sin sujeción a las restricciones legales sobre apertura de créditos.
Dada en Bogotá a diez y siete de marzo de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, HUMBERTO GOMEZ NARANJO-El Presidente de la Cámara de Representantes, MANUEL JOSE CARDENAS-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 22 de abril de 1938.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Héctor José VARGAS
El Ministro de Educación Nacional,
José Joaquín CASTROM.