DIARIO OFICIAL. AÑO MCCCXCII. N. 8979. 10, NOVIEMBRE, 1892. PÀG. 3.
LEY 39 DE 1892
(octubre 29)
por la cual se autoriza al Consejo Municipal de Pasto para hacer una cesión
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Estimase de utilidad y beneficencia la reconstrucción y ensanche de las Iglesias de Santiago y San Andrés de la ciudad de Pasto.
Art. 2.° Para fomentar dichas obras, autorízase al Consejo municipal de Pasto para ceder á la Diócesis de Pasto dos porciones de terreno de cuarenta metros de longitud y doce de latitud cada una, para el ensanche de las expresadas iglesias
Art. 3.° Cada porción de terreno de las dimensiones prefijadas, ó equivalentes, se demarcara en la plazuela contigua á cada Iglesia, de modo que pueda servir para el objeto á que se la destina.
Dada en Bogotá, á veinticinco de Octubre de mil ochocientos noventa y dos.
El Presidente del Senado, JUAN B. PÉREZ .-El Presidente de la Cámara de Representantes, AQUILINO APARICIO.-El Secretario del Senado, Enrique de Narváez.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo. - Bogotá, Octubre 29 de 1892.
Publíquese y ejecútese
M. A. CARO.
El Ministro de Gobierno,
A. B. CUERVO.