LEY381896189610 script var date = new Date(14/10/1896); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 10174, 4, NOVIEMBRE 1896, PAG.4PODER EJECUTIVOpor la cual se concede una recompensaVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse04/11/189604/11/18961017410604

DIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 10174, 4, NOVIEMBRE 1896, PAG.4

LEY 38 DE 1896

(octubre 14)

por la cual se concede una recompensa

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

CONSIDERANDO: 

  

1.° Que la Sr. Tomás Pizarro desde su adolescencia prestó sus servicios á la causa de la legitimidad con entero desinterés y patriotismo; y 

  

2.° Que su viuda la Sra. Pobreza Rengifo de Pizarro, se encuentra hoy en extremada escasez 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Concédese por una sola vez del Tesoro nacional una recompensa de cinco mil pesos ($5,000) á la Sra. Pobreza Rengifo de Pizarro. 

  

La partida correspondiente se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia económica. 

  

Dada en Bogotá, á trece de Octubre de mil ochocientos noventa y seis. 

  

El Presidente del Senado, 

  

FERNANDO VÉLEZ 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

MARCELINO VARGAS. 

  

El Secretario del Senado, 

  

Camilo Sánchez. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Miguel A. Peñaredonda 

  

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, 14 de Octubre de 1896. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L.S.) M. A. CARO. 

  

El Ministro de Gobierno, Encargado del Despacho del Tesoro, 

  

ANTONIO ROLDÁN