DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26877. 24, NOVIEMBRE, 1948. PÁG. 1.
LEY 37 DE 1948
(noviembre 16)
Por la cual el Congreso de Colombia se asocia a la celebración del décimo aniversario de la fundación del Colegio de Hijas de María de las Esclavas
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1.° El Congreso de Colombia reconoce como una labor de alto merito la que adelantan las Directoras del Colegio de Hijas de María de las Esclavas, que funciona en Bogotá, y se asocia a todos los actos que se celebrarán en su honor con motivo del décimo aniversario de su fundación.
ARTICULO 2.° Créanse cuarenta (40) becas, a razón de veinticinco pesos ($25) mensuales cada una, destinadas a niñas pobres en dicho plantel, que serán adjudicadas por el Ministerio de Educación Nacional. Estas becas serán para seminternado.
ARTICULO 3.° Destínase la partida de doce mil pesos ($12.000) anuales, que se incluirán en los Presupuestos de las vigencias venideras, con el objeto de dar cumplimiento a la presente Ley, y cuyo pago se hará de conformidad con las normas dictadas por el Ministerio de Educación Nacional.
Dada en Bogotá a cuatro de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Presidente de la Cámara de Representantes, GUILLERMO ANGEL ANGEL-El Secretario del Senado, CarlosV.Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, AlejandroVallejo.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, Noviembre diez y seis de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO.