DIARIO OFICIAL. AÑO LXXX. N. 25733. 4, ENERO, 1945. PÁG. 4.
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LEY 36 DE 1944
(diciembre 21)
Por la cual se ordena dotar al Hospital de San Juan de Dios, de la ciudad de San Gil
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1°. Destinase la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) para dotar al Hospital de San Juan de Dios de la ciudad de San Gil, de todos los elementos necesarios para la buena marcha de la institución.
ARTICULO 2°. El gobierno abrirá los créditos necesarios y verificara los traslados del caso para el cumplimiento de esta ley.
Dada en Bogotá, a seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
El Presidente del Senado, GILBERTO MORENO T.- El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN B. BARRIOS.- El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara De Representantes, Andrés Chaustre B.
Organo Ejecutivo. -Bogotá, 21 de diciembre de 1944.
Publíquese e Ejecútese,
ALFONSO LOPEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gonzalo RESTREPO, El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, Adan ARRIAGA ANDRADE.