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LEY351987198711 script var date = new Date(11/11/1987); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIV. N. 38116. 11, NOVIEMBRE, 1987. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 25 años de la fundación de la Universidad Tecnológica de la ciudad de Pereira, Departamento de Risaralda y se dictan otras disposiciones.Vigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseLeyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse11/11/198711/11/19873811611

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIV. N. 38116. 11, NOVIEMBRE, 1987. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 35 DE 1987

(noviembre 11)

por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 25 años de la fundación de la Universidad Tecnológica de la ciudad de Pereira, Departamento de Risaralda y se dictan otras disposiciones.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia, 

  

DECRETA

  


Artículo 1º La Nación se asocia a la celebración de los 25 años de la Universidad Tecnológica de Pereira, Departamento de Risaralda, rinde tributo a la memoria de sus fundadores y destaca las virtudes de este Centro de Educación Superior. 

  


Artículo 2º Una placa conmemorativa de esta efemérides será colocada en un sitio de la Universidad Tecnológica de Pereira con la siguiente leyenda: "El Congreso de Colombia a la benemérita Universidad Tecnológica de Pereira y a la memoria de sus fundadores, en sus 25 años 1961-1986". 

  


Artículo 3º Como contribución del Estado colombiano en las bodas de plata de la Universidad Tecnológica de Pereira, de conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de Educación y del Ministerio de Hacienda, ejecute las siguientes obras de beneficio común, merecedoras del apoyo del Estado, en la ciudad de Pereira así: 

  

a) Para atender las obligaciones contraídas con el Fondo Nacional de Ahorro, por concepto de prestaciones sociales de sus trabajadores y empleados $100.000.000.00; 

  

b) Para la terminación y dotación del edificio para la Facultad de Bellas Artes $50.000.000.00; 

  

c) Para la compra de dotación del sistema de gases y aire acondicionado para los quirófanos del Hospital Universitario San Jorge, de la ciudad de Pereira $50.000.000.00. 

  


Artículo 4º El Ministerio de Hacienda o la entidad ejecutora que el Gobierno designe apropiará los dineros necesarios para ejecutar las obras enumeradas en el numeral anterior de la siguiente manera: la suma de cien millones de pesos durante la vigencia de 1987; y la suma de cien millones de pesos durante la vigencia de 1988. 

  


Artículo 5º El Gobierno Nacional queda expresamente facultado para realizar los traslados presupuestales, elaborar los créditos y contracréditos necesarios para el cabal cumplimiento del presente proyecto de ley. 

  


Artículo 6º Esta Ley rige desde la fecha de su promulgación. 

  

Dada en Bogotá, D.E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y siete. 

  

El Presidente del honorable Senado, 

  

PEDRO MARTIN LEYES HERNANDEZ. 

  

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, 

  

CESAR PEREZ GARCIA. 

  

El Secretario General del honorable Senado de la República, 

  

Crispín Villazón de Armas. 

  

El Subsecretario General de la honorable Cámara de Representantes, 

  

Jairo E. Bonilla Marroquín. 

  

República de Colombia - Gobierno Nacional. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

Bogotá, D.E., 11 de noviembre de 1987. 

  

VIRGILIO BARCO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Fernando Alarcón Mantilla.