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LEY321963196310 script var date = new Date(02/10/1963); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO C. N. 31202. 9, OCTUBRE, 1963. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se decreta un auxilio para la celebración de la Semana Santa en PopayánVigencia en EstudiofalsefalseInteriorfalseCulto|Gasto publicofalseLEY ORDINARIAfalse09/10/196302/10/196331202811

DIARIO OFICIAL. AÑO C. N. 31202. 9, OCTUBRE, 1963. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 32 DE 1963

(octubre 02)

Por la cual se decreta un auxilio para la celebración de la Semana Santa en Popayán

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Auxílianse con la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) anuales las festividades de Semana Santa que tienen lugar cada año en la ciudad de Popayán. 

  

Parágrafo. Esta suma ser entregada al Tesorero de la Junta Pro-Semana Santa, establecida en esa ciudad. 

  


Artículo 2°. El auxilio a que se refiere el artículo anterior ser incluido en el Presupuesto de cada vigencia, y caso de no hacerlo, se faculta al Gobierno para que abra los créditos o haga las traslaciones a que hubiere lugar, a fin de que tenga cumplido efecto esta ley. 

  


Artículo 3°. Esta Ley regir desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá, D.E., a 19 de septiembre de 1963. 

  

El Presidente del Senado, 

  

JULIO CESAR TURBAY AYALA

  

El Presidente de la Cámara, 

  

JAIME BETANCUR CUARTAS

  

El Secretario del Senado, 

  

Néstor Eduardo Niño Cruz. 

  

El Secretario de la Cámara, 

  

Néstor Urbano Tenorio. 

  

República de Colombia. - Gobierno Nacional. 

  

Bogotá , D.E., octubre 2 de 1963 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

GUILLERMO LEON VALENCIA. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado, Hernando Gómez Otálora.