DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23743. 1, ABRIL, 1938. PÁG. 5.
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LEY 31 DE 1938
(marzo 22)
por la cual se ordena la construcción de un pabellón de maternidad en la ciudad de Cisneros
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º Auxíliase con la suma de veinte mil pesos ($ 20,000.00) la construcción de un pabellón de maternidad, ya iniciado, en el área del Hospital de Cisneros, en el Departamento de Antioquia, con la cual suma también deberá atenderse a su dotación.
ARTICULO 2º Dicha suma se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia, y de no hacerlo, queda autorizado el Ministerio de Obras Públicas para abrir el crédito correspondiente.
ARTICULO 3º La suma de que habla el artículo 1º se entregará al Síndico del Hospital o a la persona que designe la Junta Administradora del Hospital, debiendo tal empleado rendir cuentas ante la Contraloría General de la República.
Dada en Bogotá a tres de marzo de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, HUMBERTO GOMEZ NARANJO-El Presidente de la Cámara de Representantes, PEDRO ALONSO JAIMES-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, marzo 22 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
José Joaquín CASTRO M.
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ