DIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14068. 20, AGOSTO, 1910. PÁG. 1.
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LEY 31 DE 1910
(agosto 06)
por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de 1910 (Departamento de Fomento)
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
La Asamblea Nacional de Colombia
DECRETA :
Artículo 1.° Abrese al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica un crédito adicional por $ 31,500, con la siguiente imputación :
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 14068 (TABLA) PÁG 1.
Artículo 2.° Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que da lugar la presente Ley.
Dada en Bogotá, á cinco de Agosto de mil novecientos diez.
El Presidente,
EMILIO FERRERO
El Secretario,
Marcelino Uribe Arango
Poder Ejecutivo-Bogotá, Agosto 6 de 1910.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) RAMON GONZALEZ VALENCIA
El ministro del Tesoro,
ANTONIO JOSE CADAVID