DIARIO OFICIAL. AÑO MCMXLIII. N. 25384. 28, OCTUBRE, 1943. PAG. 1.
LEY 30 DE 1943
(octubre 20)
Por la cual se restituye a la Sociedad de Mejoras Públicas la conservación y cuidado de un monumento histórico colonial
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
en uso de sus facultades legales, y
considerando
que por medio del Decreto-ley número 1357 del 5 de junio de 1942, se dispuso que el cuidado, conservación y posesión del fuerte del Pastelillo, en Cartagena, que estaba a cargo de la Sociedad de Mejoras Públicas de dicha ciudad, pasaran de la Armada Nacional, por necesidades y para fines de la defensa militar del país; y que posteriormente se ha comprobado que dicho fuerte, por ser de la época colonial, no es necesario ni adecuado para obras de defensa, ni otras de carácter militar.
decreta.
ARTICULO 1° Restitúyase a la sociedad de Mejoras Públicas de Cartagena la custodia, conservación y cuidado del fuerte de San Sebastián de Pastelillo, a fin de que dicha Sociedad continúe la organización y desarrollo que allí han venido adelantándose, como centro de atracción del turismo nacional y extranjero, por medio del Club de Pesca de Cartagena.
ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a primero de octubre de mil novecientos cuarenta y tres.
El Presidente del Senado, ABSALON FERNANDEZ DE SOTO.-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFREDO NAVIA.-El Secretario del Senado, B. Moreno Torralbo.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Fidel Regueros Peralta.
Organo Ejecutivo - Bogotá, octubre 20 de 1943.
Publíquese y Ejecútese,
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Gonzalo RESTREPO
El Ministro de Obras Públicas,
H. ECHAVARRIA O