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LEY281881188104 script var date = new Date(14/04/1881); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XVII. N. 5023. 18, MAYO, 1881. PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIADe créditos adicionales al presupuesto de gastos de la vigencia económica en cursoVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publico|Presupuesto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse10/04/188114/04/1981502391431

DIARIO OFICIAL. AÑO XVII. N. 5023. 18, MAYO, 1881. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 28 DE 1881

(abril 14)

De créditos adicionales al presupuesto de gastos de la vigencia económica en curso

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

decreta: 

  


Art. 1°. Ábrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1880 á 1881, con las imputaciones siguientes: 

 

 

 

 


Art. 2°. Los Representantes por el Estado soberano, de Antioquia, señores Jorge Isaacs y Mario Arana, conservan su derecho á los viáticos que les correspondan como tales Representantes, sin que para hacerlo efectivo obste la pena disciplinaria que la respectiva Cámara ha creído deber imponerles separándolos de su seno, y en el supuesto de que hayan hecho oportunamente el viaje á la capital. 

  


Art. 3°. Esta ley regirá desde la fecha de su sancion. 

  

Dada en Bogotá, á once de Mayo de mil ochocientos ochenta y uno. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Belisario Zamorano. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Bernardo Cuéllar 

  

El secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Mariano Muelle M. 

  

El Secretario de la cámara de Representantes, 

  

Cárlos Cótes. 

  

Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá, 14 de Mayo de 1881 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L. S). RAFAEL NUÑEZ. 

  

El Secretario del Tesoro, 

  

Simon de Herrera.