DIARIO OFICIAL. A?O XI. N. 3450. 19, MAYO, 1875. PÁG. 1.
NDICE [Mostrar] |
LEY26 DE 1875
(mayo12)
Que concede una pensión alimenticia a la viuda del Sarjento 1° de la Independencia Felipe Barrios.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,
Teniendo en cuenta que el Sarjento 1. Felipe Barrios prest sus servicios en la guerra de la Independencia, i que perdi el brazo izquierdo en la batalla de Carabobo,
decreta:
Artculo nico. Concdese pensin alimenticia, de ocho pesos mensuales, a la seora Loreto Luque, viuda del Sarjento 1. de la Independencia, Felipe Brrios. Esta pension se pagar como la de los militares de la Independencia.
Dada en Bogot, a ocho de mayo de mil ochocientos setenta i cinco.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Gonzalo A. Tavera.
El Presidente de la Cmara de Representantes,
Manuel Srria.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Prez.
El Secretario de la Cmara de Representantes,
Benjamin Pereira G.
Bogot, mayo 12 de 1875.
Publquese i ejectese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) S. PREZ.
El Secretario del Tesoro i Crdito nacional,
J. M. Villamizar G.