DIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII. N. 30544. 22, JUNIO, 1961. PÁG. 1.
LEY 23 DE 1961
(junio 15)
por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1961. (Presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Educación Nacional y Presupuesto de inversión del Ministerio de Fomento).
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° Adicíónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1961, en la cantidad de diez y siete millones de pesos ($ 17.000.000.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 9, expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
Ingresos corrientes.
CAPITULO I
Rentas de imposición.
A) Impuestos directos.
a) Tribulación a la renta.
Numeral 9-A. Impuesto especial para vivienda | $ | 17.000.000.00 |
Suman los recursos | $ | 17.000.000.00 |
Articulo 2.° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1961:
Prepuesto de funcionamiento.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
I-Gastos directos del Ministerio.
A-Dirección del Ministerio.
CAPITULO 1209
División de Educación Elemental y Alfabetización.
Transferencias.
203, 314. Artículo 12125-A. Sueldos del Magisterio, vigencia de 1960 | $ | 100.000.00 |
Ordinal 2.° Departamento de Nariño. | 100.000.00 |
C-Rama Administrativa.
II-Financiamiento
CAPITULO 1219
Financiamiento a cargo del Ministerio.
PROGRAMA II
Financiamiento de Universidades.
205. 319-A. Artículo 12533-A. Auxilio a la Universidad Industrial de Santander (Ley 75 de 1960) | 800.000.00 | |
205, 319-A. Artículo 12533-B. Aporte a la Universidad de Nariño (Ley 141 de 1960) | 800.000.00 |
Presupuesto de inversión.
MINISTERIO DE FOMENTO
CAPITULO 2703
Instituto de Crédito Territorial.
Inversión indirecta.
493, 341. Artículo 27007. Instituto de Crédito Territorial, aporte de capital del Estado | $ | 15.300.000.00 |
Suman los créditos | $ | 17.000.000.00 |
Dada en Bogotá, D. E., a 7 de junio de 1961.
El Presidente del Senado,
JUAN ANTONIO MURILLO V.
El Presidente de la Cámara,
LUIS ALFONSO DELGADO.
El Secretario del Senado,
José Manuel Hurtado L.
El Secretario de la Cámara,
Alvaro Ayala M.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., junio 15 de 1961.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Hernando Agudelo Villa.