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LEY211874187405 script var date = new Date(14/05/1874); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO X. N. 3160. 12, MAYO, 1874. PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAPor la cual se fomenta la apertura i conservación de un caminoVigencia en EstudiofalsefalsePlaneaciónfalseContratación estatalfalseLEY ORDINARIAfalse30/05/187430/05/1874317617491

DIARIO OFICIAL. AÑO X. N. 3160. 12, MAYO, 1874. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 21 DE 1874

(mayo 14)

Por la cual se fomenta la apertura i conservación de un camino

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Art. 1.° El período de los Diputados i Comisarios a la Cámara de Representantes coincidirá precisamente con el de los Senadores i Representantes. 

  

Parágrafo. Respecto de los Diputados i Comisarios que terminen sus funciones en el presente año, se harán en los respectivos Territorios elecciones por el tiempo que falte para concluir el periodo de los actuales Senadores i Representantes. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Art. 2.° Para reemplazar en las faltas absolutas o temporales a los Diputados i Comisarios principales, se elejirán por cada Territorio tres suplentes, en los mismos términos acordados por esta lei i por las demás de la materia, para la eleccion de principales. En una misma elección i en la misma boleta se votará para Diputados i Comisarios principales i suplentes. Serán declarados electos principales en cada Territorio los que obtuvieren mayor número de votos, i suplentes 1.°, 2.° i 3.°, respectivamente, a los que sigan en votos. 

  

Dada en Bogotá, a ocho de mayo de mil ochocientos setenta i cuatro. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Jacobo Sanchez. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Buenaventura Reinales. 

  

El Secretario del senado de Plenipotenciarios, 

  

Julio E. Pérez. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

J. David Guarin 

  

Bogotá, 9 mayo de 1874. 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L. S) s. pérez. 

  

El Secretario de Hacienda i Fomento, encargado del Despacho de lo Interior i Relaciones Esteriores, 

  

Aquileo parra.