LEY201910191007 script var date = new Date(13/07/1910); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14041. 14, JULIO, 1910. PÁG. 1.ASAMBLEA NACIONAL DE COLOMBIpor la cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1910Vigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsePresupuesto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse14/07/191014/07/191014041451

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14041. 14, JULIO, 1910. PÁG. 1.

LEY 20 DE 1910

(julio 13)

por la cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1910

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

La Asamblea Nacional de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Abrese al presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1910 un crédito extraordinario por la suma de dos mil quinientos pesos ($ 2.500), con la siguiente imputación: 

  

DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS 

  

Capítulo 99 

  

Gastos varios. 

Articulo 533 A. Para composición y compra de muebles para oficinas nacionales y para reparación de mueblaje del Teatro Cristóbal Colon, dos mil quinientos pesos $ 2.500

  

Dada en Bogotá a trece de Julio, de mil novecientos diez. 

  

El Presidente, 

  

JOSÉ A. LLORENTE. 

  

El Secretario, 

  

Marcelino Uribe Arango. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Julio 13 de 1910. 

  

Publíquese y ejecútese 

  

(L.S.) 

  

RAMON GONZALEZ VALENCIA. 

  

El Ministro de Obras Públicas 

  

CARLOS J. DELGADO