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LEY171894189410 script var date = new Date(06/10/1894); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXX. N. 9607, 20, OCTUBRE, 1894, PAG. 1.CONGRESO DE LA REPUBLICApor la cual se concede una autorización a la Comisión de Empréstitos, suministros y expropiacionesVigencia en EstudiofalsefalsePlaneaciónfalseContratación estatal|FinancierofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse20/10/189420/10/1894960710131

DIARIO OFICIAL. AÑO XXX. N. 9607, 20, OCTUBRE, 1894, PAG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 17 DE 1894

(octubre 06)

por la cual se concede una autorización a la Comisión de Empréstitos, suministros y expropiaciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Remítase á la Comisión de empréstitos, suministros y expropiaciones el nuevo expediente creado por el Sr. Arsenio Zamudio para que, estudiado con el que existe en el archivo sobre el mismo asunto, pueda decidir la reclamación que la familia del finado Dimas Zamudio tiene pendiente contra el Gobierno de la República. 

  


Artículo 2.° Autorízase á dicha Comisión de Suministros para que pueda conceder al Sr Arsenio Zamudio el término hasta de dos meses para que presente las justificaciones que tenga á bien exigirle para decidir acertadamente y en justicia la expresada reclamación. 

  

Dada en Bogotá, á veintisiete de Septiembre de mil ochocientos noventa y cuatro. 

  

El Presidente del Senado, OLEGARIO RIVERA - El Presidente de la Cámara de Representantes, AQUILINO APARICIO. - El Secretario del Senado, Camilo Sánchez. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda 

  

Gobierno Ejecutivo. - Bogotá, 6 de Octubre de 1894. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

M. A. CARO. - El Ministro Del Tesoro, MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ.