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LEY171948194810 script var date = new Date(06/10/1948); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26854. 26, OCTUBRE, 1948. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se auxilia la construcción del Teatro Popular del Orfeón Obrero de PopayánVigencia en EstudiofalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseCultura|Desarrollo territorial|Gasto publico|TesoreríafalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse26/10/194806/10/1948268542182

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26854. 26, OCTUBRE, 1948. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 17 DE 1948

(octubre 06)

Por la cual se auxilia la construcción del Teatro Popular del Orfeón Obrero de Popayán

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta

  


ARTICULO 1.° Auxíliase con la suma de setenta mil pesos ($ 70.000), que se pagarán en dos vigencias fiscales sucesivas, la construcción del Teatro Popular del Orfeón Obrero de la ciudad de Popayán. 

  


ARTICULO 2.° Para el pago correspondiente se tendrán en cuenta las disposiciones fiscales vigentes sobre la materia, y los giros se harán por intermedio de la Tesorería Departamental del Cauca. 

  


ARTICULO 3.° El Teatro Popular, una vez construído, se someterá en un todo a las normas que fije el Ministerio de Educación, sobre cultura artística. 

  


ARTICULO 4.° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a veintiocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE. El Presidente de la Cámara de Representantes, GUILLERMO ANGEL ANGEL-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey. El Secretario de la Cámara de Representantes, Alejandro Vallejo. 

  

República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, octubre seis de mil novecientos cuarenta y ocho. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

mariano ospina perez 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio Andrade.