DIARIO OFICIAL. AÑO XXX. N. 9597. 9, OCTUBRE, 1894. PÁG. 1.
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LEY 13 DE 1894
(septiembre 26)
por la cual se crea una Provincia en el Departamento del Cauca
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Créase en el Departamento del Cauca la provincia de "Arboleda", compuesta de los siguientes Municipios, de la banda occidental del río Cauca: Roldanillo, que será la capital, Bolívar; Huasanó, Toro y Unión.
Los tres primeros dejarán de pertenecer á la provincia de Tuluá y los dos últimos á la del Quindío.
El límite Sur de la Provincia de Arboleda será el río de "Las Piedras".
Dada en Bogotá, á veinticinco de Septiembre de mil ochocientos noventa y cuatro.
El Presidente del Senado, OLEGARIO RIVERA. - El Presidente de la Cámara de Representantes, AQUILINO APARICIO. - El Secretario del Senado, Camilo Sánchez. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda
Gobierno Ejecutivo. - Bogotá, Septiembre 26 de 1894.
Publíquese y ejecútese.
M. A. CARO. - El Ministro de Gobierno, MANUEL A. SANCLEMENTE.