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LEY121924192410 script var date = new Date(15/10/1924); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LX. N. 19732. 15, OCTUBRE, 1924. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se declara nacional una víaVigencia en EstudiofalsefalseTransportefalseTransportefalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse21/10/192421/10/1924197321371

DIARIO OFICIAL. AÑO LX. N. 19732. 15, OCTUBRE, 1924. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 12 DE 1924

(octubre 15)

por la cual se declara nacional una vía

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta

  


Artículo 1º Declárase nacional la prolongación hacia el norte de la carretera Pasto - Barbacoas, prolongación que va de Pasto a la frontera norte del Departamento de Nariño, pasando por las ciudades de San José, La Cruz y San Pablo, carretera ésta que gozará de los mismos derechos y privilegios de que dispone aquella. 

  


Artículo 2º El inciso 2º del artículo 1º de la Ley 37 de 1919, quedara así: 

  

Formará parte integrante de esta vía nacional el camino que de Ubaque conduce a San Cristóbal de esta ciudad, baja por la capilla de este barrio, llega a la quinta llamada San Carlos, y sigue por la carrilera del tranvía municipal hasta la esquina sudeste de la plaza de Las Cruces, de la ciudad de Bogotá. 

  

Dada en Bogotá a trece de octubre de mil novecientos veinticuatro. 

  

El Presidente del Senado, Ricardo TURADO MACIAS. - El Presidente de la Cámara de Representantes, Carlos BEDOYA CAJIAO. - El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo - Bogotá, octubre 15 de 1924. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

PEDRO NEL OSPINA. - EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, Aquilino VILLEGAS.