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LEY121921192110 script var date = new Date(08/10/1921); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LVII. N.17920. 11. OCTUBRE. 1921. PÁG.1CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual la Nación se asocia a la celebración de un centenarioVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publico|Leyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse11/10/192111/10/192117920601

DIARIO OFICIAL. AÑO. LVII. N.17920. 11. OCTUBRE. 1921. PÁG.1

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 12 DE 1921

(octubre 08)

por la cual la Nación se asocia a la celebración de un centenario

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia, 

  

decreta: 

  


Articulo 1°. La Nación se asocia a la fiesta centenaria que prepara la ciudad de Cartagena para celebrar la fecha de la salida de las últimas fuerzas españolas del territorio de la Nueva Granada. 

  


Articulo 2°. La Nación contribuye a la celebración de dicho centenario con la cantidad de dos mil pesos ($2.000) moneda legal, suma que se considerara incluida en el Presupuesto de la vigencia de 1921. 

  


Articulo 3°. Esta suma será entregada al señor Tesorero de la Junta encargada de la celebración del mencionado centenario. 

  

Dada en Bogotá a siete de octubre de mil novecientos veintiuno. 

  

El Presidente del Senado, Gabino HERNANDEZ. -El Presidente de la Cámara de Representantes, - Anselmo GAITAN U.­ El Secretario del Senado, Julio D PORTOCARRERO. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño 

  

Poder Ejecutivo.- Bogotá, octubre 8 1921. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ. 

  

El Ministro de Gobierno 

  

Aristóbulo ARCHILA