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LEY101894189409 script var date = new Date(20/09/1894); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXX. N. 9591, 2, OCTUBRE, 1894. PÁG. 1.CONGRESO DE COLOMBIAPor la cual se reconocen varios créditosVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse02/10/189402/10/189495919491

DIARIO OFICIAL. AÑO XXX. N. 9591, 2, OCTUBRE, 1894. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 10 DE 1894

(septiembre 20)

Por la cual se reconocen varios créditos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1.° Reconocerse á cargo del Tesoro y á favor del señor Elías Álvarez D. La cantidad de cuatrocientos ochenta pesos ($480) que dejó de pagársele durante los dos bienios de 1889 á 1890 y 1891 á 1892, en su carácter de Oficial 1.° de la Sección 1, ª del Ministerio de Fomento, por error cometido en la publicación de la ley 150 de 1888, en la cual se puso á dicho empleado el sueldo anual de $720 en vez de $840, que fue votado por el Congreso de aquel año. 

  


Artículo 2.° Reconócerse igualmente á cargo del Tesoro la cantidad de cinco mil pesos para pagar á los miembros del Congreso de 1892 los viáticos que les correspondieron y que por cualquier motivo no les fueron pagados á algunos de ellos. 

  


Artículo 3.° Las expresadas cantidades de $480 y $5,000 se consideraran incluidas en el Presupuesto de la vigencia en curso. 

  

Dada en Bogotá á diez y ocho de Septiembre de mil ochocientos noventa y cuatro. 

  

El Presidente del Senado, Luis M. Mejía Álvarez -El Presidente de la Cámara de Representantes, Aquilino Aparicio. -El Secretario del Senado, Camilo Sánchez- El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda 

  

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Septiembre 20 De 1894. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

M. A. CARO

  

El Ministro Del Gobierno, 

  

Manuel A. Sanclemete