DIARIO OFICIAL. AÑO LXI. N. 19815. 2, FEBRERO, 1925. PÁG. 3.
LEY 9 DE 1925
(enero 23)
sobre honores a la memoria del doctor Belisario Zamorano
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia,
considerando:
1° Que el día 10 de julio último falleció en la ciudad de Cali el doctor Belisario Zamorano;
2° Que el extinto desempeño los más elevados puestos en la Administración Publica durante la época federal, y el cargo de Senador de la Republica en el año de 1909;
3° Que su vida fue un modelo de virtudes públicas y privadas,
decreta:
El Congreso se asocia al duelo de la Nación por la muerte de tan esclarecido ciudadano, cuyo retrato al óleo, costeado con fondos nacionales, será colocado en el salón de sesiones de la Asamblea del Departamento del Valle.
Copia de esta Ley, en edición de lujo, será presentada, por conducto del Ministerio de Gobierno, a la familia del finado.
Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley, se consideran incluidos en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia económica.
Dada en Bogotá a veinte de enero de mil novecientos veinticinco.
El Presidente del Senado, Manuel CAICEDO ARROYO. El Presidente de la Cámara de Representantes, Alfonso JARAMILLO. El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, enero 23 de 1925.
Publíquese y ejecútese.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.