DIRECTIVA PRESIDENCIAL52020202005 script var date = new Date(29/05/2020); document.write(date.getDate()); script falsefalseAÑO CLV NO. 51.329, Bogotá, D. C., VIERNES, 29 DE MAYO DE 2020 PAG 1PRESIDENCIA DE LA REPUBLICAUtilización del “Instrumento de Agregación de Demanda de Emergencia Covid-19”, para la adquisición de bienes relacionados con la emergencia sanitariafalsefalsePresidencia de la Repúblicafalsefalsefalse29/05/20205132911

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DIRECTIVA PRESIDENCIAL 5 DE 2020

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AÑO CLV NO. 51.329, Bogotá, D. C., VIERNES, 29 DE MAYO DE 2020 PAG 1 

  

DIRECTIVA PRESIDENCIAL NÚMERO 05 DE 2020 

(mayo 29) 

  

PARA: 

ORGANISMOS Y ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL EN EL NIVEL CENTRAL Y DESCENTRALIZADO 

DE: 

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

ASUNTO: 

Utilización del “Instrumento de Agregación de Demanda de Emergencia Covid-19”, para la adquisición de bienes relacionados con la emergencia sanitaria 

FECHA: 

29 DE MAYO DE 2020 

  

En desarrollo de las funciones atribuidas por el artículo 5° del Decreto Legislativo 440 del 20 de marzo de 2020 “Por el cual se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal, con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica derivada de la Pandemia COVID-19”, contenido actualmente en el Decreto Legislativo 537 de abril 12 de 2020 “Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, estructuró y puso a disposición de las entidades estatales el Instrumento de Agregación de Demanda de Emergencia COVID-19, conformado por cinco (5) catálogos, así: (i) elementos de aseo, (ii) elementos de protección personal, (iii) equipos médicos y biomédicos, (iv) bienes para expansión hospitalaria, y (v) herramientas de tecnologías de la información asociadas a la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19. Próximamente estará en operación un sexto catálogo referido a ayudas humanitarias [alimentación y kits de aseo]. 

  

Las personas naturales y jurídicas que actualmente conforman el referido instrumento son empresarios nacionales con una importante participación de mi pymes que alcanza el 91% de esos proveedores. 

  

En consecuencia, en un ejercicio de solidaridad constitucional y de apoyo a la industria nacional se hace necesario, oportuno y conveniente, que los destinatarios de esta directiva procuren, en primera medida y en el marco de sus competencias, sin distinción del régimen jurídico aplicable a su gestión contractual, adquirir a través de esta herramienta de Colombia Compra Eficiente, los bienes requeridos para atender las acciones de mitigación de la pandemia. 

  

29 de mayo de 2020. 

  

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ