DIARIO OFICIAL número fecha: 30/06/1995
DIRECTIVA PRESIDENCIAL 5 DE 1995
[Mostrar] |
PARA: GOBERNADORES Y ALCALDES
DE: PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
MINISTRO DE GOBIERNO
ASUNTO: TAREAS Y OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL ESTATUTO ANTICORRUPCION A LAS DIFERENTES ENTIDADES DEL ESTADO.
FECHA: 30 JUNIO 1995
Teniendo en cuenta que el Estatuto Anticorrupción, contenido en la Ley 190 de 1995, impuso a las autoridades públicas diversas obligaciones, he considerado procedente poner de presente las siguientes que serian aplicables específicamente a los entes que ustedes dirigen, con el fin de que adopten las medidas que juzguen apropiadas para garantizar su cumplimiento:
La oficina de control interno deberá vigilar que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular.
Le agradeceré acusar recibo de esta directiva.
Atentamente,