DIRECTIVA PRESIDENCIAL11998199808 script var date = new Date(27/08/1998); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL número fecha: 27/08/1998falsefalsefalsefalsefalse27/08/199827/08/1998

DIARIO OFICIAL número fecha: 27/08/1998

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 1 DE 1998

(agosto  script var date = new Date(27/08/1998); document.write(date.getDate()); script )

[Mostrar]

PARA: MINISTROS DEL DESPACHO. 

  

DE: ANDRÉS PASTRANA ARANGO 

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. 

  

ASUNTO: APLICACIÓN DEL DECRETO 1772 de 1998. 

  

FECHA: Santafé de Bogotá, D.C., 27 AGO. 1998. 

  

En cumplimiento de los compromisos adquiridos durante el debate electoral, y con el ánimo de asegurar que las entidades del Estado queden en las mejores manos y que sus recursos se destinen de manera eficiente a los más necesitados, a través del Decreto 1772 de 1998, el Gobierno Nacional ha creado el Comité Consultivo para la evaluación de hojas de vida de los presidentes, gerentes y directores de las entidades descentralizadas y de las unidades administrativas especiales del orden nacional, con las siguientes funciones: 

  

“1- Sin perjuicio de las funciones asignadas por la Ley 190 de 1995 a las oficinas de personal, el Comité estudiará las hojas de vida de los candidatos a cargos que impliquen representación legal de las entidades descentralizadas y unidades administrativas especiales del orden nacional, las cuales serán sometidas a su consideración por parte del Presidente de la República. 

  

2- El Comité preparará un informe al Presidente de la República, en el cual se consignarán los resultados del estudio realizado sobre la idoneidad de su perfil profesional. 

  

3- El Comité se dará su propio reglamento de funcionamiento, en el cual se incluirá la periodicidad de sus reuniones. 

  

4- Las demás que sobre la materia le asigne el Presidente de la República.” 

  

Por lo anterior les solicito, para efecto de dar cumplimiento y aplicación al Decreto 1772 de 1998 allegar las hojas de vida de los candidatos a ocupar los cargos de presidentes, gerentes y directores de las entidades descentralizadas y unidades administrativas especiales del orden nacional adscritos y vinculados a sus Ministerios.