DIARIO OFICIAL número fecha: 06/01/1993
DIRECTIVA PRESIDENCIAL 1 DE 1993
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PARA : | MINISTROS, Directores Departamento Administrativo, Superintendentes, Presidentes, Directores o Gerentes de Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta, reestructurados, fusionados o suprimidos |
De: | CESAR GAVIRIA TRUJILLO Presidente de la República |
FECHA: | 6 de enero de 1993 |
Como es de público conocimiento, el Gobierno, después de cuidadoso estudio y elaboración y teniendo en cuenta recomendaciones de la Comisión Asesora creada para el efecto, expidió los decretos que desarrollan las atribuciones conferidas por el artículo transitorio 20 de la Constitución Política, en relación con la reestructuración de entidades de la administración pública nacional.
Como tuve la oportunidad de advertirlo en varias oportunidades durante el desarrollo del proceso que condujo a la adopción de las decisiones de reestructuración, en especial en la sesión del Consejo de Ministros realizada el 30 de marzo de 1992 y en la Directiva Presidencial número 3 del 20 de agosto del mismo año, el criterio del Gobierno siempre ha sido que se tenga especial cuidado con los esquemas de transición, que las decisiones se ejecuten en forma gradual y que se busque causar el menor número de dificultades a los servidores públicos.
Por eso hemos prestado atención a que los empleados afectados reciban una justa indemnización, de acuerdo con la legislación vigente, y a que se les brinde apoyo para su promoción profesional y laboral.
Para asegurar que el proceso de reforma institucional se realice sin traumatismos y no genere preocupaciones infundadas en los empleados oficiales, le solicito informar, por los medios que consideren más idóneos en su entidad, el contenido y alcances de las decisiones adoptadas en relación con la misma, haciendo especial énfasis en los esquemas de transición y en las medidas laborales previstas.
Sobre las acciones emprendidas con este propósito, le pido informar antes del 31 de enero de los corrientes, a la Consejería para la Modernización del Estado.
Cordialmente,