DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVI. N. 44381. 6, ABRIL, 2001. PAG. 55
DIRECTIVA PRESIDENCIAL 1 DE 2001
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Para: Ministros del Despacho.
De: Presidente de la República.
Asunto: Proyectos de ley.
Fecha: 4 de abril de 2001.
Con miras a lograr una efectiva colaboración que redunde en beneficio de las iniciativas del Gobierno, se requiere que los proyectos de ley que los diferentes Ministerios vayan a presentar al Honorable Congreso de la República sean enviados a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República con una antelación no inferior a quince (15) días hábiles a la fecha de su presentación.
ANDRES PASTRANA ARANGO