DIARIO OFICIAL AÑO CLIX N. 52257 23 DE DICIEMBRE 2022 PAG. 3
DECRETO 2589 DE 2022
(diciembre 23)
por el cual se prorrogan unos empleos temporales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 3° de la Ley 2056 de 2020 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público es uno de los órganos que hacen parte del Sistema General de Regalías.
Que el artículo 12 de la Ley 2056 de 2020, establece que: “En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 361 de la Constitución Política, asígnese a través de la Ley de Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías el 2% de los ingresos corrientes en los siguientes conceptos de gasto: 1. Funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación. Esta distribución estará a cargo de la Comisión Rectora. 2. Fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos y conocimiento y cartografía geológica del subsuelo; e incentivo a la exploración y a la producción. Esta distribución estará a cargo del Ministerio de Minas y energía”.
Que conforme con el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020, los órganos del Sistema General de Regalías con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías podrán crear plantas de personal con empleos temporales de libre nombramiento y remoción para el cumplimiento de las funciones definidas en la Constitución y la Ley.
Que conforme con el parágrafo sexto del artículo 12 de la Ley 2056 de 2020, se deberá garantizar el funcionamiento de los sistemas de información, las plantas de personal y actividades generales que permitan a los órganos del Sistema General de Regalías ejercer las funciones asignadas en la ley.
Que mediante el Decreto 2245 de 2013 se crearon treinta y ocho (38) empleos temporales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con cargo a los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014.
Que mediante el Decreto 2549 de 2014 se prorrogaron treinta y seis (36) de los empleos temporales creados por el Decreto 2245 de 2013 y se crearon cinco (5) empleos temporales adicionales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia fue hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que mediante el Decreto 2185 de 2016 se prorrogaron treinta y ocho (38) de los empleos temporales y se crearon (15) empleos temporales adicionales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia fue hasta el 31 de diciembre de 2018.
Que mediante el Decreto 2471 de 2018 se prorrogaron los cincuenta y tres (53) empleos temporales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia fue hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que mediante el Decreto 1770 de 2020 se prorrogaron treinta y tres (33) de los empleos temporales y se crearon dos (2) empleos temporales adicionales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2022.
Que se requiere prorrogar la vigencia de los treinta y cinco (35) empleos de la planta temporal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creada mediante los Decretos 2245 de 2013, 2549 de 2014, 2185 de 2016, 2471 de 2018 y 1770 de 2020.
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó el estudio técnico correspondiente al Departamento Administrativo de la Función Pública para prorrogar los treinta y cinco (35) empleos temporales, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento, en el marco de las competencias señaladas en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de la Función Pública.
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el propósito de prorrogar la vigencia de su planta de personal de empleos temporales con cargo a los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías, cuenta con viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prórroga de empleos. Prorrogar la vigencia de los siguientes empleos temporales en el número, denominación, código y grado que se señala a continuación en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creados mediante los Decretos 2245 de 2013, 2549 de 2014, 2185 de 2016, 2471 de 2018 y 1770 de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2024:
No. de cargos | Denominación | Código | Grado |
DESPACHO DEL VICEMINISTRO GENERAL | |||
1 (uno) | Asesor | 1020 | 16 |
1 (uno) | Asesor | 1020 | 14 |
1 (uno) | Asesor | 1020 | 13 |
4 (cuatro) | Asesor | 1020 | 11 |
2 (dos) | Asesor | 1020 | 10 |
3 (tres) | Asesor | 1020 | 08 |
3 (tres) | Asesor | 1020 | 07 |
1 (uno) | Asesor | 1020 | 06 |
5 (cinco) | Asesor | 1020 | 05 |
1 (uno) | Asesor | 1020 | 03 |
1 (uno) | Asesor | 1020 | 01 |
6 (seis) | Profesional Especializado | 2028 | 20 |
1 (uno) | Profesional Especializado | 2028 | 12 |
4 (cuatro) | Profesional Universitario | 2044 | 08 |
1 (uno) | Secretario Ejecutivo | 4210 | 20 |
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2°.Distribución de los empleos. El Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo 3°.Cumplimiento de funciones. Los empleos de carácter temporal prorrogados en el presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de estos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
César Augusto Manrique Soacha.