&.o 1.o
INTENDENCIAS
La de Antioquia
El Intendente . $ 960
El Contador secretario ... 600
El Escribiente .. 300
Material 200
La de Bolνvar
El Intendente . $ 1.800
El Contador secretario ... 800
El Escribiente 1.o .. 400
El Escribiente 2.o ....................................................... 300
Material .. 200
La de Boyacα
El Intendente .... $ 960
El Contador secretario ..... ... 600
El Escribiente ..... .. 300
Material ..... 200
La del Cauca
El Intendente .... $ 1.800
El Contador secretario ..... ... 720
Cada uno de los Escribiente ..... .. 300
Material ..... 200
La de Cundinamarca
El Intendente .... $ 1.800
El Contador secretario ..... ... 700
El Escribiente .................... ..... .. 300
Material ..... 300
La del Magdalena
El Intendente ....... $ 1.800
El Contador secretario .......... 800
El Escribiente 1.o ....... .. 400
El Escribiente 2.o ............................................................. 300
Material ......... 200
La de Santander
El Intendente ....... $ 1.800
El Contador secretario .......... 800
El Escribiente 1.o ....... .. 400
El Escribiente 2.o ............................................................. 300
Material ......... 200
Asνgnase para viαticos de cada Intendente, en las visitas que deben hacer en el Distrito de Hacienda, la suma anual de 200 pesos.
No se hace novedad en el personal i asignaciones de la Intendencia jeneral del Estado de Panamα, fijados el el Presupuesto nacional.
Parαgrafo transitorio. En los Distritos de Hacienda de Antioquia, Boyacα i Cundinamarca ejercerαn por ahora las funciones de Intendentes de los Gobernadores de aquellos Estados, teniendo por ausiliar para el desempeρo de tales funciones, al Contador- secretario establecido respectivamente en aquellas intendencias.
&.o 2.o
ADMINISTRACION JENERAL DE CORREOS,
La de Antioquia
El Administrador . $ 1.200
El Contador .. 960
El Tenedor de libros .. 800
El Oficial 1.o .. 640
El Oficial 2.o .. 550
Cada uno de los tres Escribientes . 300
El Oficial de las encomiendas 960
El Adjunto al Oficial de encomiendas .. 300
El Portero 192
Material 453
&.o 3.o
ADMINISTRACIONES PRINCIPALES DE HACIENDA,
La de Antioquia
El Administrador . $ 800
El Tenedor de libros .. 400
El Oficial de las encomiendas 480
El Escribiente 240
Material 384
La de Bolνvar
El Administrador ... . $ 1.000
El Contador .. 720
El Tenedor de libros .. 480
El Oficial 1.o .. 400
El Oficial 2.o .. 320
El Oficial de las encomiendas .... . 480
Cada uno de los dos Escribientes 240
El Portero .. 96
Material 300
La de Boyacα
El Administrador ... . $ 400
Cada uno de los dos Escribientes 192
Material 240
La del Cauca
Cali.- El Administrador ... . $ 480
El Tenedor de libros .. 300
El Escribiente .............................. 192
Material 300
Popayαn.- El Administrador .. . $ 640
El Tenedor de libros .. 400
Cada uno de los dos Escribiente .............. 300
Material 300
Art.9 En los Distritos parroquiales.que sean capitales de los Distritos de Hacienda, los Administradores principales desempeρarαn todos los deberes que segun los artνculos 58 i 59 de la lei de 10 de mayo ϊltimo corresponden a los ajentes de Hacienda.
Art.10. En los demαs Distritos parroquiales no comprendidosen el artνculo anterior ni meencionados en el parαgrafo 4.o del artνculo 8.o habrα un Ajente de Hacienda que disfrutarα de un 60 por 100 del producto sw la renta de correos.
Art.11. Las ajencias de Hcaienda establecidas o que se establezcan, disfrutarαn de un sueldo eventual hasta de 10por 100 sobre el producto del derecho de timbre que recauden por sν mismos o por medio de comisionados que nombren bajo su responsabilidad.
Art.12. Los ajentes de Hacienda disfrutarαn de un 10 por 100 sobre los productos del ramo de manumision; i ese 10 por 100 no figurarα en el Presupuesto nacional, sino que serα imputado a los productos del mismmo ramo.
( Dado en Bogotα a 30 de julio de 1859.
MARIANO OSPINA
El Secretario de Hacienda, Ignacio Gutiιrrez. )