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DECRETO17392021202112 script var date = new Date(16/12/2021); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO CLVII NO. 51.890 BOGOTÁ, D. C., JUEVES, 16 DE DICIEMBRE DE 2021.PAG 7MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICOPor el cual se reajustan los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2022 DEROGADOfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse16/12/202116/12/202123/12/202216/12/20215189077

DIARIO OFICIAL AÑO CLVII NO. 51.890 BOGOTÁ, D. C., JUEVES, 16 DE DICIEMBRE DE 2021.PAG 7

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 1739 DE 2021

(diciembre 16)

Por el cual se reajustan los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2022

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA 

  

En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el parágrafo 1° del artículo 145 de la Ley 488 de 1998 

  

CONSIDERANDO 

  

Que de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo 145 de la Ley 488 de 1998, los valores absolutos que sirven de base para aplicar las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores, deben ser reajustados anualmente por el Gobierno Nacional. 

  

Que de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 242 de 1995, el Gobierno Nacional, al expedir normas que dispongan la actualización de valores sujetos a su determinación por disposición legal, tendrá en cuenta la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores. 

  

Que el Banco de la República en comunicado del 26 de noviembre de 2021, que figura publicado en la página web de la entidad, señaló: "La Junta Directiva del Banco de la República mantiene la meta de inflación en 3% para 2022". 

  

DECRETA 

  

DISPOSICIONES GENERALES 

  

  

  


Artículo 1°. Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2º. Derogado 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

Dado en Bogotá D.C., a los 16 DICIEMBRE 2021. 

  

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ 

  

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 

JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO