Año CLVI No. 51.544 Bogotá, D. C., martes, 31 de diciembre de 2020 Página 84
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DECRETO 1805 DE 2020
(diciembre 31)
Por el cual se líquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2021, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación faculta al Gobierno Nacional para dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo establece que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo;
Que el artículo 19 de la Ley 2063 de 2020 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 10. de enero al31 de diciembre de 2021"faculta al Gobierno Nacional para que en el Decreto de liquidación clasifique los ingresos y gastos y defina estos últimos;
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, entre otros;
DECRETA
PRIMERA PARTE
ARTÍCULO 1o. PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Fíjense los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal del 10. de enero al31 de diciembre de 2021, en la suma de TRESCIENTOS TRECE BILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CATORCE MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS MONEDA LEGAL ($313.998.014.044.851), según el detalle del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para el 2021 , así:
POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD DIRÍJASE AL PDF del Diario Oficial Página 84
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de diciembre de 2020
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA