DIARIO OFICIAL AÑO LXXXVIII N. 27802 14 DE ENERO 1952 PAG. 1
ÍNDICE [Mostrar] |
DECRETO 2504 DE 1951
(diciembre 07)
Por el cual se declara constituida oficialmente una Academia y se dictan otras disposiciones.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
EL DESIGNADO, ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. La organización, administración y manejo de las bibliotecas “Caro y Cuervo”, cuya creación por el Instituto del mismo nombre se autorizó por Decreto número 1776 de 28 de agosto del año en curso, estarán a cargo del Departamento de Biblioteca y Archivo Nacionales, Extensión Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Educación Nacional.
El Director de este Departamento y el del Instituto “Caro y Cuervo”, obrarán conjuntamente en todo lo relacionado con las labores de formación de las bibliotecas en referencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1951.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Educación Nacional,
RAFAEL AZULA BARRERA