DIARIO OFICIAL. AÑO XCVII N. 30362 22, OCTUBRE, 1960. PAG. 144.
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DECRETO 2366 DE 1960
(octubre 10)
por el cual se modifica del Decreto número 3300 de 1959.
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El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que la aplicación del artículo 6º del Decreto número 3300 del año de 1959, ha dado origen a que gran número de alumnos de 6º año de Bachillerato no conceden le debido interés a los estudios respectivos, con lo cual se han resentido la disciplina y la eficiencia en el desarrollo de los programas, según lo han manifestado, en forma unánime, los Rectores de los Colegiaos, y
Que es deber del Gobierno velar por el recto y normal funcionamiento de los establecimientos de educación,
DECRETA:
Artículo primero. Para l aprobación de curso de los estudiantes de sexto año de Bachillerato, regirá lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto número 3300 de 1959, relativo a los alumnos de los demás cursos.
Artículo segundo. El presente Decreto deroga el artículo 6º del Decreto número 3300 de 1959, y entrará en vigencia el primero de octubre del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1960.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Educación Nacional,
Gonzalo Vargas Reubiano