DECRETO3012017201702 script var date = new Date(23/02/2017); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CLII. N. 50156. 23 FEBRERO, 2017. PAG. 4.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICApor el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección (UNP).VigentefalsePlantas de personal - ModificaciónfalseFunción PúblicafalsePlantas de personalfalseDECRETO ORDINARIOfalse23/02/201723/02/201723/02/20175015644

DIARIO OFICIAL. AÑO CLII. N. 50156. 23 FEBRERO, 2017. PAG. 4.

DECRETO 301 DE 2017

(febrero 23)

por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y 

  

CONSIDERANDO: 

Que la Unidad Nacional de Protección (UNP) presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el correspondiente estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable; 

Que en el Punto 3.4.7.4.3 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz estable y duradera, se acordó crear un cuerpo de seguridad y protección, de naturaleza mixta, integrado por personal de confianza del nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de la FARC-EP a la actividad legal; 

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal; 

Que en mérito de lo anterior, 

DECRETA: 


Artículo 1°. Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección (UNP): 

N° de cargos  

Denominación  

Código  

Grado  

DESPACHO DEL DIRECTOR  

1 (Uno) 

Subdirector de Unidad Administrativa Especial 

0040 

21 

2 (Dos) 

Asesor 

1020 

12 

5 (Cinco) 

Profesional Especializado 

2028 

22 

10 (Diez) 

Profesional Especializado 

2028 

18 

10 (Diez) 

Profesional Especializado 

2028 

14 

10 (Diez) 

Profesional Universitario 

2044 

11 

10 (Diez) 

Profesional Universitario 

2044 

01 

12 (Doce) 

Técnico Administrativo 

3124 

12 

12 (Doce) 

Oficial de Protección 

3137 

10 

29 (Veintinueve) 

Auxiliar Administrativo 

4044 

11 

1200 (Mil doscientos) 

Agente Escolta 

4070 

4 (Cuatro) 

Secretario Ejecutivo 

4210 

16 


Artículo 2°. Los empleos, creados en el presente decreto, deberán dirigirse al cumpli­miento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1083 de 2015. 


Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el Decreto número 4066 de 2011. 


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


  

Publíquese y cúmplase. 

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de febrero de 2017. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Ministro del Interior, 

Juan Fernando Cristo Bustos.  

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

Mauricio Cárdenas Santamaría.  

  

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

Liliana Caballero Durán.