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DECRETO1032017201701 script var date = new Date(24/01/2017); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CLII. N. 50126. 24 ENERO, 2017. PAG. 2.PRESIDENCIA DE LA REPUBLICApor el cual se deroga el Decreto 088 de 2017VigentefalseDerogación de LeyesfalsePresidencia de la RepúblicafalseFuncionesfalseDECRETO ORDINARIOfalse24/01/201724/01/201724/01/2017501262

DIARIO OFICIAL. AÑO CLII. N. 50126. 24 ENERO, 2017. PAG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 103 DE 2017

(enero 24)

por el cual se deroga el Decreto 088 de 2017

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que mediante Decreto 088 de 2017, se delegaron unas funciones constitucionales con ocasión del traslado del Presidente de la República a la Ciudad de Punta Cana (República Dominicana), quien asistiría el día 25 de enero de 2017 a la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac). 

  

Que el Presidente de la República no podrá asistir al citado evento. 

  

Que por las consideraciones anteriores se hace necesario derogar el Decreto número 088 2017. 

  

DECRETA: 


Artículo 1°. Derogar en todas sus partes el Decreto 088 del 23 enero de 2017. 


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2017. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN