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DECRETO23352010201006 script var date = new Date(29/06/2010); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47757. 1, JULIO, 2010. PÁG. 26.MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIALpor el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Fundación Ciudad de Cali en Liquidación.VigentefalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalsefalseDECRETO ORDINARIO01/07/201001/07/201047757261

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47757. 1, JULIO, 2010. PÁG. 26.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2335 DE 2010

(junio 29)

por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Fundación Ciudad de Cali en Liquidación.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con el Decreto-ley 254 de 2000 y la Ley 1105 de 2006, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que mediante el Decreto 369 de 2009 se dispuso la supresión y liquidación de la Fundación Ciudad de Cali. 

  

Que el artículo 1°del Decreto 369 de 2009 señaló que la liquidación de la Fundación Ciudad de Cali debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año contado a partir de la publicación de ese acto administrativo, esto es, a partir del 9 de febrero de 2009; plazo que podrá ser prorrogado hasta por un término igual, de conformidad con el artículo 2° del Decreto 254 de 2000, modificado por el artículo 2° de la Ley 1105 de 2006.Que el artículo 1° del Decreto 434 de 2010 prorrogó el plazo de la liquidación de la Fundación Ciudad de Cali hasta el 30 de junio de 2010. 

  

Que mediante comunicación radicada con número 4120-E1-74566 del 16 de junio de 2010, el Presidente de la Fiduciaria La Previsora S. A. - Fiduprevisora, en su condición de Liquidador de la Fundación Ciudad de Cali, solicitó prórroga del proceso liquidatorio con el fin de adelantar los procesos de enajenación de activos principalmente a Central de Inversiones S.A., CISA; saneamiento de títulos a través de un Convenio Interadministrativo con el municipio de Cali y la eventual contratación de la entidad fiduciaria que se encargue de los remanentes del proceso, actividades que aún se encuentran pendientes. 

  

Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario prorrogar el término para culminar el proceso de liquidación de la Fundación Ciudad de Cali en Liquidación hasta el día 30 de julio de 2010. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto 369 de 2009 para la liquidación de la Fundación Ciudad de Cali, hasta el 30 de julio de 2010. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2010. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro del Interior y de Justicia, 

  

Fabio Valencia Cossio. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Óscar Iván Zuluaga Escobar. 

  

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, 

  

Carlos Costa Posada. 

  

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Elizabeth Rodríguez Taylor.