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DECRETO17331955195506 script var date = new Date(22/06/1955); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28796. 7, JULIO, 1955. PÁG. 11.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se modifica el decreto legislativo número 3098 de 26 de 1953, sobre una cesión de la nación al departamento del atlánticoVigencia en EstudiofalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO LEGISLATIVOfalse07/07/195522/06/1955287969111

DIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28796. 7, JULIO, 1955. PÁG. 11.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1733 DE 1955

(junio 22)

Por el cual se modifica el decreto legislativo número 3098 de 26 de 1953, sobre una cesión de la nación al departamento del atlántico

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y 

  

considerando: 

  

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República; 

  

Que se hace indispensable reformar, ampliar y adaptar el actual edificio de la Cárcel Modelo de la ciudad de Barranquilla; 

  

Que el Ministerio de Justicia ha ofrecido al Gobierno Departamental del Atlántico contribuir a la modernización del Penal antes mencionado, a condición de que el Departamento contribuya con la cantidad de cien mil pesos ($ 100.000.00), y que ceda el lote de terreno a que se refieren el Decreto legislativo número 3098, de 26 de noviembre de 1953 y la Ley 108 de 1940, en sus artículos 1° y 2°; 

  

Que el Departamento del Atlántico tiene en su presupuesto y en fondo de Tesorería los cien mil pesos ($ 100.000.00) que pide como contribución el Ministerio de Justicia. 

  

decreta 

  


Artículo primero. Modificase el Decreto legislativo número 3098 del 26 de noviembre de 1953, en el sentido de que la Nación cede al Departamento del Atlántico el lote de terreno que estipula el artículo 1° de la Ley 108 de 1940, para el uso exclusivo de ampliar la Cárcel Modelo de la ciudad de Barranquilla. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo segundo. El Ministerio de Justicia, en coordinación con el Gobierno Departamental del Atlántico, procederá a tomar posesión del lote de que se trata y a iniciar la ampliación y reforma de la Cárcel Modelo de la ciudad de Barranquilla. 

  


Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1955. 

  

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA, 

  

Presidente de Colombia. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Lucio Pabón Núñez 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Evaristo Sourdis 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Luis Caro Escallón 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces 

  

El Ministro de Guerra, 

  

Brigadier General Gabriel París 

  

El Ministro de Agricultura, 

  

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo 

  

El Ministro del Trabajo, 

  

Cástor Jaramillo Arrubla 

  

El Ministro de Salud Pública, 

  

Bernardo Henao Mejía 

  

El Ministro de Fomento, 

  

Manuel Archila Monroy 

  

El Ministro de Minas y Petróleos, 

  

Pedro Manuel Arenas 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Aurelio Caicedo Ayerbe 

  

El Ministro de Comunicaciones, 

  

Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango