Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO16842007200705 script var date = new Date(14/05/2007); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46629. 15, MAYO, 2007. PÁG. 2.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICApor el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.DEROGADOfalsefalseFunción PúblicafalsefalseDECRETO ORDINARIO15/05/200704/03/200815/05/20074662922

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46629. 15, MAYO, 2007. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1684 DE 2007

(mayo 14)

por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Los empleados públicos que se encuentran vinculados al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses que no han sido incorporados a la planta de personal que se adopte con base en el régimen salarial y prestacional establecido en el Decreto 4669 de 2006, tendrán derecho a un reajuste en la asignación básica mensual para el año 2007, correspondiente al cuatro punto cinco por ciento (4.5%) calculado sobre la asignación básica señalada al empleo que desempeñaba a 31 de diciembre del año 2006. 

  

En adelante, y mientras se efectúa la incorporación prevista en el Decreto 4669 de 2006, las asignaciones básicas reajustadas en el presente decreto servirán de base para la liquidación y reconocimiento de los demás beneficios previstos en el régimen salarial y prestacional aplicable a los servidores del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 

  


Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2007. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de mayo de 2007. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro del Interior y de Justicia, 

  

Carlos Holguín Sardi. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Oscar Iván Zuluaga Escobar. 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Fernando Grillo Rubiano.