DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46976. 30, ABRIL, 2008, PAG. 20.
DECRETO 1409 DE 2008
(marzo 30)
por el cual se reglamente el artículo 18 de la Ley 909 de 2004.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad legal que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 909 de 2004, crea el Sistema General de Información Administrativa del Sector Público -Sigep- como instrumento que permitirá la planeación, el desarrollo y la gestión de la Función Pública;
Que el Sistema General de Información Administrativa del Sector Público, cubrirá a todos los organismos y entidades de las tres Ramas del Poder Público, organismos de control, organización electoral y organismos autónomos en los órdenes nacional, departamental, distrital y municipal;
Que corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública el diseño, dirección e implementación de Sigep;
Que para la adecuada implementación es necesario adelantar una etapa de prueba con varias entidades públicas,
DECRETA:
Artículo 1º. El Departamento Administrativo de la Función Pública, para la adecuada implementación del Sistema General de Información Administrativa del Sector Público -Sigep- determinará los organismos o entidades que harán parte de la fase de prueba del desarrollo del Citado sistema.
Artículo 2º. Los Jefes de las entidades y de los organismos de la administración pública seleccionadas para adelantar la etapa de prueba del -Sigep- están obligados a suministrar la información o adecuar los procesos que le requiera el Departamento Administrativo de la Función Pública, en los plazos y bajo los parámetros técnicos que se señalen para el efecto.
Artículo 3º. Los organismos y entidades que actualmente reportan información al Sistema Único de Información de Personal SUIP, continuarán reportando dicha información en los plazos señalados para el efecto.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.