DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXII. N. 43017. 10, ABRIL, 1997. PAG. 18
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DECRETO 1003 DE 1997
(abril 08)
por el cual se aclara el Decreto 31 del 10 de enero de 1997.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Aclarase el literal c) del artículo 4º del Decreto 31 de 1997, el cuál quedará así:
c) Superintendentes Código 0030, con excepción de los Superintendentes Bancario de Salud, de Servicios Públicos Domiciliarios y del Subsidio Familiar, será de dos millones trescientos noventa y tres mil novecientos noventa y tres pesos ($2.393.993) moneda corriente.
El cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de los empleos de Superintendente Código 0030 y Rector de Universidad Código 0045, tendrá el carácter de gastos de representación, únicamente para efectos fiscales.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 31 de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de abril de 1997.
ERNESTO SAMPER PlZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.