DECRETO7781881188110 script var date = new Date(12/10/1881); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XVII. N. 5157. 14, OCTUBRE, 1881. PÁG. 1SECRETARÍA DE GOBIERNOPor el cual se convoca el Congreso nacional para las sesiones de 1882VigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO14/10/188114/10/1881515796791

DIARIO OFICIAL. AÑO XVII. N. 5157. 14, OCTUBRE, 1881. PÁG. 1

DECRETO 778 DE 1881

(octubre 12)

Por el cual se convoca el Congreso nacional para las sesiones de 1882

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia, 

  

En ejercicio de la atribucion que le confiere el inciso 12, articulo 66 de la Constitucion, 

  

DECRETA: 

  


Art. 1.° Convócase el Congreso para las sesiones ordinarias de 1882, en la capital de la Union. 

  


Art. 2.° La Secretaría del Tesoro dictará las órdenes del caso á fin de que los Senadores y representantes, Diputados y Comisarios reciban su viático de venida con la participacion que determina el artículo 13 de la ley 42 de 1871. 

  


Art 3.° Los oficinas de hacienda encargadas de cubrir á los miembros del Congreso los viáticos á que tienen derecho, se ceñirán á las disposiciones del decreto número 777 del presente año, dictado en esta misma fecha. 

  

  

  


Art.4.° Los Presidentes ó Gobernadores de los Estados dictarán las providencias necesarias para que no se estorbe ni difiera en manera alguna el viaje de los miembros del Congreso. 

Comuníquese. 

  

Dado en Bogotá, á 12 de Octubre de 1881. 

  

RAFAEL NUÑEZ. 

  

El Secretario de Gobierno de la Union, 

  

Climaco Claderon