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DECRETO5151895189510 script var date = new Date(31/10/1895); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXXI. N. 9872. 18, NOVIEMBRE, 1895. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se abren unos créditos adicionales al presupuesto de gastos del bienio en cursoVigentefalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO ORDINARIO18/11/189518/11/189598728131

DIARIO OFICIAL. AÑO XXXI. N. 9872. 18, NOVIEMBRE, 1895. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 515 DE 1895

(octubre 31)

Por el cual se abren unos créditos adicionales al presupuesto de gastos del bienio en curso

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que con motivo de la perturbación del orden público se ha visto el Gobierno en la necesidad de aumentar los gastos diplomáticos y consulares creando una Legación en el Ecuador y dotando mejor los Consulados en Tulcán, Guayaquil, Ciudad Bolívar y otros, así como también dé hacer varios gastos extraordinarios de carácter imprevisto, razones por las cuales es visto desde ahora que las partidas votadas en el Presupuesto para esos gastos serán insuficientes ; 

  

En uso de sus facultades constitucionales y legales 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Abrense al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica dé 1895 y 1896 los siguientes créditos adicionales : 

  

capítulo 30. 

  

Servicio Diplomático. 

Artículo 208. Para complementar la partida destinada al pago de los gastos del servicio diplomático, en el bienio$ 25,000

capítulo 31. 

  

Servicio consular. 

Artículo 208. Para complementar la partida destinada al pago de los gastos del servicio consular, en el bienio20,000

CAPÍTULO 33. 

  

Gastos varios. 

Artículo 211. Para pagar su servicio á los peritos que examinaron las cuentas de Ernesto Cerruti para averiguar la situación que tenían al realizarse los procedimientos que originaron la reclamación de dicho señor2,000
Total$ 47,00

Dado en Bogotá, á 31 de Octubre de 1895. 

  

M. A. CARO

  

El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho, 

  

Luis M. Holguín. 

  

El Subsecretario de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho, 

  

J. M. Uricoecha 

  

El Ministro de Hacienda, 

  

Carlos Uribe. 

  

El Ministro da Guerra, 

  

Edmundo Cervantes, 

  

Ei Ministro de Instrucción Pública, 

  

Liborio Zerda

  

El Ministro del Tesoro 

  

Miguel Abadía Méndez.