DECRETO22021918191812 script var date = new Date(31/12/1918); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16582. 3, ENERO, 1919. PÁG. 4.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se ordena al Director General de Caminos Nacionales la práctica de visitas mensuales a los trabajos del ramoDEROGADOfalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO03/01/191919/12/192103/01/19191658284

DIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16582. 3, ENERO, 1919. PÁG. 4.

DECRETO 2202 DE 1918

(diciembre 31)

Por el cual se ordena al Director General de Caminos Nacionales la práctica de visitas mensuales a los trabajos del ramo

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Para la mejor inspección y dirección de los trabajos de vías públicas nacionales, el Ingeniero Jefe de la Sección 8ª del Ministerio de Obras Públicas, deberá practicar mensualmente visitas de inspección de los trabajos de su dependencia, determinando en cada caso la vía por visitar, conforme a las necesidades, importancia y estado de cada obra, y de acuerdo con el Ministro del ramo, a quien rendirá los correspondientes informes. 

  

Parágrafo. Para atender a los gastos de movilización, se asigna al Ingeniero nombrado la suma de cien pesos ($ 100) mensuales, que se reconocerá, mediante las formalidades de rigor, con imputación al artículo 627 del capítulo de caminos del Presupuesto Nacional de gastos. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1918. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Rafael DEL CORRAL.