DIARIO OFICIAL. AÑO LXXI. N. 22852. 4, ABRIL, 1935. PÁG. 11.
DECRETO 486 DE 1935
(marzo 23)
Por el cual se aprueba la Resolución del Consejo Directivo de la facultad de Medicina
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase en todas sus partes la Resolución número 104 de 1934 (mayo 26) del Consejo Directivo de la Facultad de Medicina, dé la Universidad Nacional, que dice:
"RESOLUCION NUMERO 104
(mayo 26)
por la cual se anexa a la Facultad de Medicina la Sociedad Colombiana de Ciencias Naturales.
El Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional,
vista la comunicación dirigida por los señores Director y Secretario de la Sociedad Colombiana de Ciencias Naturales al señor Rector de la Facultad Nacional de Medicina, y
CONSIDERANDO
que ha sido siempre interés del Consejo Directivo de la Facultad el propender por el incremento de la ciencia en todas sus ramas, más en particular por el de aquéllas que se refieren a la físico química, ciencias naturales y humanas, etc.,
RESUELVE:
Primero. Aceptar la solicitud : hecha por los señores Director y Secretario de la Sociedad Colombiana de Ciencias Naturales, debidamente autorizados por la corporación (Resolución número 1, de fecha 7 de mayo de 1933), y anexara a la Facultad de Medicina dicha entidad;
Segundo. La Sociedad Colombiana de Ciencias Naturales funcionará en uno de los locales nuevos de la Facultad, que para el efecto le asigne el señor Rector;
Tercero. Los estatutos y reglamentos definitivos de la Sociedad, de acuerdo con, 1a presente Resolución, siempre que ella sea aceptada por sus representantes, deberán ser aprobados por el Consejo Directivo de la Facultad, y ninguna modificación podrá ser lntroducida en el futuro en ellos sin la aprobación de éste;
Cuarto. El Rector de la Facultad Nacional de Medicina será de hecho Presidente honorario de la Sociedad Colombiana de Ciencias Naturales.
Bogotá, mayo 26 de 1934.
El Rector, Presidente del Consejo (firmado) , J. Jaramillo Arango-El Secretario (firmado) , Venancio Rueda A."
Parágrafo. El Ministerio de Educación Nacional, apropiará en su presupuesto la partida necesaria para dar cumplimiento a la Ley 39 de 1913.
Comumíquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de marzo de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Luis LOPEZ DE MESA