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DECRETO49392011201112 script var date = new Date(29/12/2011); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48297. 29, DICIEMBRE, 2011. PÁG. 133.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICApor el cual se determina la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.VigentefalsefalsePresidencia de la RepúblicafalsefalseDECRETO ORDINARIO29/12/201129/12/201148297133133

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48297. 29, DICIEMBRE, 2011. PÁG. 133.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 4939 DE 2011

(diciembre 29)

por el cual se determina la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución política, los artículos 54 literal m) y n) y el 115 de la Ley 489 de 1998, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que en virtud del artículo 103 de la Ley 1448 de 2011, se creó la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, por el término de diez (10) años, como una entidad especializada de carácter temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 

  

Que mediante el Decreto 4801 del 20 de diciembre de 2011, se estableció la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. 

  

Que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable. 

  

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°.Planta de Personal. Las funciones propias de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, serán desarrolladas por los servidores públicos que integran la siguiente planta de personal: 

  

N° Cargos  

Denominación del cargo  

Código  

Grado  

DESPACHO DEL DIRECTOR  

(Uno) 

Director General de Unidad Administrativa Especial 

0015 

28 

(Cuatro) 

Asesor 

1020 

14 

(Uno) 

Conductor Mecánico 

4103 

15 

(Dos) 

Secretario Ejecutivo 

4210 

24 

PLANTA GLOBAL 

(Uno) 

Subdirector General de Unidad Administra-tiva Especial 

0040 

24 

(Uno) 

Secretario General de Unidad Administra-tiva Especial 

0037 

24 

(Cuatro) 

Director Técnico 

0100 

22 

17 

(Diecisiete) 

Director Territorial 

0042 

19 

(Dos) 

Jefe de Oficina 

0137 

22 

(Uno) 

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 

1045 

16 

(Uno) 

Jefe de Oficina Asesora de Planeación 

1045 

16 

(Seis) 

Profesional Especializado 

2028 

24 

(Siete) 

Profesional Especializado 

2028 

21 

32 

(Treinta y dos) 

Profesional Especializado 

2028 

18 

30 

(Treinta) 

Profesional Especializado 

2028 

17 

122 

(Ciento veintidós) 

Profesional Especializado 

2028 

15 

77 

(Setenta y siete) 

Profesional Especializado 

2028 

13 

(Seis) 

Profesional Especializado 

2028 

12 

51 

(Cincuenta y uno) 

Profesional Universitario 

2044 

08 

(Tres) 

Profesional Universitario 

2044 

06 

(Seis) 

Técnico 

3100 

15 

(Dos) 

Técnico 

3100 

12 

19 

(Diecinueve) 

Técnico Administrativo 

3124 

12 

22 

(Veintidós) 

Topógrafo 

3136 

10 

22 

(Veintidós) 

Topógrafo 

3136 

08 

(Ocho) 

Auxiliar Administrativo 

4044 

20 

39 

(Treinta y nueve) 

Ayudante 

4069 

08 

16 

(Dieciséis) 

Secretario Ejecutivo 

4210 

20 

Parágrafo. Los empleos de que trata el presente artículo, tendrán una vigencia acorde con el periodo de existencia de la Unidad, periodo a partir del cual se entenderán automáticamente suprimidos. 

  


Artículo 2°. El Director General de la Unidad distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos de la institución. 

  


Artículo 3°. Vigencia, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2011. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Rodrigo de Jesús Suescún Melo. 

  

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, 

  

Juan Camilo Restrepo Salazar. 

  

La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Claudia Patricia Hernández León.