Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO49302011201112 script var date = new Date(29/12/2011); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48297. 29, DICIEMBRE, 2011. PÁG. 126.MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMOpor la cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.VigentefalsefalseComercio, Industria y TurismofalsefalseDECRETO ORDINARIO29/12/201129/12/201148297126126

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48297. 29, DICIEMBRE, 2011. PÁG. 126.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 4930 DE 2011

(diciembre 29)

por la cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que mediante el Decreto-ley 4176 de 2011, le fueron reasignadas las funciones de llevar y administrar el registro de los contratos de importación de tecnología y de exportación de servicios; expedir las certificaciones pertinentes; fijar criterios de origen y expedir la certificación del origen de los productos colombianos con destino a la exportación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-. 

  

Que para garantizar la prestación del servicio, el artículo 6° del Decreto-ley 4176 de 2011 dispuso que se procederá a efectuar las modificaciones que llegaren a ser necesarias en las plantas de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. 

  

Que para el efecto se procederá a suprimir los empleos de quienes desarrollan las funciones reasignadas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para que sean incorporados directamente en los cargos que se crean en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-. 

  

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con el fin de modificar su planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública. 

  

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos: 

  

N° de Cargos 

Denominación del Empleo 

Código 

Grado 

PLANTA GLOBAL 

1 (Uno) 

Profesional Especializado 

2028 

17 

5 (Cinco) 

Profesional Especializado 

2028 

16 

1 (Uno) 

Profesional Especializado 

2028 

15 

10 (Diez) 

Profesional Universitario 

2044 

11 

3 (Tres) 

Profesional Universitario 

2044 

05 

1 (Uno) 

Profesional Universitario 

2044 

02 

9 (Nueve) 

Técnico Administrativo 

3124 

16 

7 (Siete) 

Secretario Ejecutivo 

4210 

20 

6 (Seis) 

Auxiliar Administrativo 

4044 

15 

3 (Tres) 

Auxiliar Administrativo 

4044 

13 

Parágrafo. La supresión de los cargos se hará efectiva a partir del 1° de enero del año 2012. 

  


Artículo 2°. Los empleados a quienes se les suprime el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, serán incorporados directamente en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-. 

  


Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, se efectuará a partir del 1° de enero del año 2012. Hasta tanto se efectúe la incorporación los empleados continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente. 

  


Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente al Decreto 213 del 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2011. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Rodrigo Suescún Melo. 

  

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, 

  

Sergio Diazgranados Guida. 

  

La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Claudia Patricia Hernández León.